Publicada la convocatoria para la concesión de becas a personas beneficiarias del Proyecto GRANADAEMPLEO+

lunes, 23 de febrero de 2026

Tendrás 5 días hábiles para solicitarla (desde el 24 de febrero hasta el 2 de marzo, ambos inclusive), siempre que cumplas los requisitos

En el Boletín Oficial de la Provincia de Granada de 23 de febrero, se publica la PRIMERA CONVOCATORIA CONCESIÓN BECA DE FORMACIÓN A LAS PERSONAS BENEFICIARIAS 1ª FASE DEL PROYECTO GRANADAEMPLEO+.

Cuantía:

13,45 eur por día lectivo del itinerario

¿Qué requisitos debo cumplir?

Para poder acceder a esta beca tienes que cumplir estos requisitos:

  • Carecer de rentas o ingresos, de cualquier naturaleza, iguales o superiores en cómputo mensual al 75 por ciento del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM) (450 euros), esta situación deberá concurrir al inicio del correspondiente itinerario.
  • Alcanzar la condición de persona formada, es decir, debes haber finalizado la formación con éxito y superado las pruebas de evaluación.
  • Asistir al menos el 75% de las horas de duración del itinerario (no se admitirá ninguna falta no justificada)

¿Cuándo puedo solicitarla?:

Tienes cinco días hábiles (no se cuentan sábados, domingos y festivos) a contar desde el día siguiente de la publicación de la presente convocatoria (Desde el día 24 de febrero hasta el 2 de marzo inclusive)

¿Qué documentación debo presentar?

  • Certificado integrado de prestaciones sociales públicas, expedido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social.
  • Fe de vida laboral.
  • Certificado de prestaciones del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), si procede.
  • Documento cumplimentado del modelo de designación de cuenta bancaria “Alta a Terceros”

¿Dónde debo presentar la solicitud y el resto de documentación?

A través de Sede Electrónica de la Diputación de Granada (pincha aquí para acceder al enlace, en "TRÁMITES" pulsa GRANADAEMPLEO+ y podrás entrar. En este enlace también podrás descargarte la solicitud) o a través de cualquiera de las formas previstas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común (LPACAP).


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